Fecha: noviembre 2009

PC 2248, Para enmendar la Ley Número 7 de 9 de marzo de 2009.
Radicado el: 9 de noviembre de 2009 - Categoria: En Favor del Trabajador

Para enmendar los apartados (a) y (b), y añadir nuevos apartados (c), (d), (e), (f) y (g) al Artículo 43 de la Ley Número 7 de 9 de marzo de 2009, a los fines de reconocerle a los empleados cesanteados, de manera expresa, el derecho de “reingreso” cuando se determine efectuar reclutamiento para ocupar plazas vacantes o plazas creadas en el Gobierno de Puerto Rico, y cuyas funciones sean iguales o similares a las funciones que desempeñaba la persona cesanteada, disponer la compulsoriedad del Registro de Elegibles y aumentar a (10) diez años la vigencia del mismo; para establecer que los empleados que formen parte del Registro de Elegibles, y que sean reempleados, luego de cumplidos los procesos de rigor, no estén sujetos al cumplimiento del periodo probatorio, disponer que la Oficina de Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico debe garantizar que todas las convocatorias de empleo se publiquen en la página electrónica del gobierno, disponer que debe constar por escrito el ofrecimiento de reclutamiento de las plazas a los cesanteados que formen parte del Registro de Elegibles, y disponer que los nombramientos que se efectúen obviando el mismo, y el derecho de “reingreso” de los empleados cesanteados, serán nulos.

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RC 1002, Para realizar una investigación sobre el efecto de las cesantías de empleados públicos en las agencias e instrumentalidades del Gobierno.
Radicado el: 6 de noviembre de 2009 - Categoria: En Favor del Trabajador

Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el efecto de las cesantías de empleados públicos en las agencias e instrumentalidades del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a los fines de identificar los servicios que se han visto afectados o se afectarán, las agencias que han quedado o quedarán técnicamente inoperantes, y auscultar la ejecución de acciones por la Rama Ejecutiva para, mediante la implantación de un plan cesantías masivo, lograr el desmantelamiento de agencias, y obviar de esa manera el poder constitucional de la Asamblea Legislativa de crear, consolidar o reorganizar departamentos ejecutivos y definir sus funciones” .

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